Federación de Pensionistas y Jubilados de CCOO | 24 abril 2025.

Nueva póliza gratuita de accidentes

    Acuerdo: Seguro de Accidentes para personas afiliadas y personas delegadas/sindicales.

    21/03/2025.
    Seguro de Accidentes para personas afiliadas y personas delegadas/sindicales

    Seguro de Accidentes para personas afiliadas y personas delegadas/sindicales

    https://descuentos.ccoo.es/servicio&s=7302

    Más información

    SEGURO DE ACCIDENTES PARA PERSONAS AFILIADAS

    1. PERSONAS ASEGURADAS: Toda persona afiliada a la CS de CCOO que se encuentre al corriente de pago de sus cuotas.

    2. FECHA EFECTO: 1 de Enero de 2025

    3. IMPORTE: 18.000€ en caso de fallecimiento por Accidente

    4. CONDICIONES PARTICULARES:

    - Fallecimiento por accidente ocurrido en la vida personal o laboral (incluido el infarto de miocardio o la hemorragia o infarto cerebral cuando sean declarados por la SS, o en su caso, por la Jurisdicción Laboral, como accidente laboral).

    - Sin límite de edad.

    - Excluidas enfermedades profesionales.5. COBERTURA ADICIONAL PARA PERSONAS DELEGADAS/SINDICALES: Si la persona asegurada es también representante sindical de CCOO

    6. PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN: La persona familiar o representante de la persona afiliada fallecida deberá ponerse en contacto con la organización sindical, territorial o federal de CCOO a la que perteneciera, los cuales comunicarán el siniestro a los efectos oportunos. La entidad aseguradora, una vez registrado el siniestro, será la que solicitará, directamente al familiar o representante toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente de indemnización.

    SEGURO DE ACCIDENTES PARA PERSONAS DELEGADAS/SINDICALES:

    1. PERSONAS ASEGURADAS: Toda persona afiliada a la CS de CCOO que forme parte de comités de empresa y juntas de personal, elegidos/as en las candidaturas, delegados/as sindicales, liberados/as sindicales, miembros electos/as y candidatos/as no electos/as suplentes de los órganos de dirección de la organización del sindicato CCOO.

    2. FECHA EFECTO: 1 de Enero de 2025.

    3. IMPORTE: 12.000€ en caso de fallecimiento por Accidente (*) + 18.000€ póliza accidentes personas afiliadas. Indemnización total: 30.000€

    4. CONDICIONES PARTICULARES:

    - (*) Fallecimiento por accidente sufrido en la realización efectiva de actividades sindicales, en las horas sindicales otorgadas al efecto, más el tiempo de desplazamiento entre el domicilio y el lugar donde se desarrollen las actividades sindicales y viceversa (in itinere).

    - Límite de edad: excluidos menores de 14 años de edad y mayores de 70 años.

    - Excluidas enfermedades profesionales.

    5. PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN: La persona familiar o representante de la persona afiliada/delegada sindical fallecida deberá ponerse en contacto con la organización sindical, territorial o federal de CCOO a la que perteneciera, los cuales comunicarán el siniestro a los efectos oportunos. La entidad aseguradora, una vez registrado el siniestro, será la que solicitará directamente al familiar o representante, toda la documentación necesaria para la tramitación del expediente de indemnización.

    Dirección web: https://descuentos.ccoo.es/