Federación de Pensionistas y Jubilados de CCOO | 26 abril 2024.

Un nuevo Complemento de Pensión Contributiva para reducir la Brecha de Género

    El nuevo Complemento de Pensiones Contributivas para Reducir la Brecha de Género, negociado y acordado en la Mesa de Diálogo Social, con propuestas de CCOO, se ha producido y cambiado como consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2019, contraviniendo la Ley de 48/2015, aprobada unilateralmente por el Gobierno del Partido Popular.

    10/02/2021.
    NUEVO COMPLEMENTO DE PENSION CONTRIBUTIVA PARA REDUCIR LA BRECHA DE GÉNERO

    NUEVO COMPLEMENTO DE PENSION CONTRIBUTIVA PARA REDUCIR LA BRECHA DE GÉNERO

    UN NUEVO COMPLEMENTO DE PENSION CONTRIBUTIVA PARA REDUCIR LA BRECHA DE GÉNERO

    El nuevo Complemento de Pensiones Contributivas para Reducir la Brecha de Género, negociado y acordado en la Mesa de Diálogo Social (Gobierno, Patronal y Sindicatos), con propuestas de CCOO, muy en línea a los establecido en el Real Decreto Ley 3/2021, se ha producido y cambiado, como consecuencia de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 12 de Diciembre de 2019, contraviniendo la Ley de 48/2015, aprobada unilateralmente por el Gobierno del Partido Popular.

    Con esta nueva Ley se recoge con más precisión, todos aquellos aspectos no formulados en la Ley 2015, y de los que de forma más concisa, CCOO ha conseguido plasmar en esta nueva Ley, en la que se determina nuevos derechos para recortar la brecha de género en materia de pensiones, entre hombres y mujeres.

    Con este nuevo contexto, la norma amplía y se avanza de forma positiva en los siguientes aspectos:

    • La Ley hace un reconocimiento expreso jurídicamente, de ser instrumento que tiene como objetivo reducir la brecha de género, y que pasará a medirse oficialmente por la Seguridad Social, para evaluar periódicamente los efectos conseguidos, con esta u otras medidas.
    • La reforma se adecúa al fallo de la sentencia TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea).
    • El complemento tiene revalorización anual, igual al de las pensiones contributivas.
    • Se establece una cuantía fija por hijo/hija.
    • Dicha cuantía ha establecido 27€ mes por cada hijo/hija. En este punto, CCOO seguirá solicitando en la Mesa del Diálogo Social, un incremento hasta llegar a los 30€.
    • Se reconoce un nuevo derecho, tanto en las pensiones mínimas, incluyendo los complementos a mínimos, antes no era así, como en la pensión máxima, pudiendo superar el complemento a esa pensión máxima.
    • La cobertura se amplía a las jubilaciones anticipadas, anteriormente estaban excluidas.
    • En cumplimiento a la sentencia del TJUE, se amplía de forma subsidiaria a los hombres, en los casos en los que su carrera de cotización se haya visto afectada por el cuidado de un hijo/hija, y el complemento no le disfrute una mujer, o también en los casos de ser titular de una pensión de viudedad.
    • Se abonará en 14 pagas, junto con la pensión que se tenga asignada.
    • Los complementos, tanto el antiguo como el actual, serán incompatibles, siendo optativo pudiendo elegir el más beneficioso.
    • Las clases pasivas, incorporadas al sistema de la Seguridad Social en el año anterior, tendrán derecho a este complemento, si tienen una pensión de jubilación, incapacidad permanente ó viudedad, no así en los casos de jubilaciones anticipadas. CCOO solicitó la extensión a todos los casos.
    • Resaltar del acuerdo, el establecimiento de una cuantía lineal, con un efecto de una mayor y mejor distribución del complemento, afectando a las pensiones mínimas, y muy especialmente a todas aquellas que tuvieran complemento a mínimos.

    Para la Federación Pensionistas y Jubilados de CCOO, este avance negociado con los Agentes Sociales, se produce como consecuencia de las posiciones sindicales, en defensa por conseguir la anulación de la brecha de género entre hombres y mujeres en las pensiones. De ahí, a la determinación en seguir trabajando en potenciar la legislación, en materia a un reconocimiento explicito de aumentar las lagunas por cotizaciones, producidas por cuidados de familiares de las mujeres en su vida laboral, en los casos de las empleadas de hogar, y otras circunstancias con las que se pueda seguir avanzando para su erradicación.

    El cuadro de pensiones adjunto por conceptos y totales, especifica la brecha de género a fecha 31 de Diciembre de 2020:

     

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